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La abogacía contra las tasas
28/01/2013

La solicitud de cuestión de inconstitucionalidad elevada a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional se fundamenta, entre otras resoluciones, en la Sentencia 20/2012 del Tribunal Constitucional (TC) que cuestiona la legalidad de aquellas tasas que "son tan elevadas que impiden en la práctica el acceso a la jurisdicción o lo obstaculizan en un caso concreto en términos irrazonables".

El cambio más sustancial de la nueva Ley de Tasas con respecto a sus precedentes radica en la incorporación al ámbito subjetivo de este tributo de los ciudadanos, que hasta ahora estaban exentos y sólo se aplicaba a entidades mercantiles, con un elevado volumen de facturación. Además, el criterio de capacidad económica para hacer frente a las tasas no se encuentra suficientemente garantizado con la simple remisión a la futura Ley de Asistencia Jurídica Gratuita.

La elevada cuantía fijada en estas tasas hace que acceder a la jurisdicción sea "ya una quimera para un muy significativo número de españoles y extranjeros". En el análisis de la norma legal derogada, el TC siempre partió de su exclusiva aplicación a "personas jurídicas con ánimo de lucro, sujetas al Impuesto de Sociedades y con una facturación anual elevada". Aplicarlo a ciudadanos o personas jurídicas sin ánimo de lucro hace incurrir la Ley de Tasas en vicio de inconstitucionalidad.

En el ámbito objetivo de aplicación de las tasas, su extensión a la jurisdicción contencioso-administrativa hace que en la práctica esté vedado "el control judicial del poder público o de la actividad administrativa en asuntos de escasa cuantía", de menos de 600 euros. De hecho, la completa potestad sancionadora de las Administraciones Públicas no va a ser sometida a contraste de legalidad alguno ante los órganos judiciales.

Respecto al enorme incremento de las cuotas de las tasas, el escrito de la Abogacía demuestra que su efecto disuasorio determina "una inexorable imposibilidad de acceso a la jurisdicción y un injusto desconocimiento del derecho a la tutela judicial efectiva".

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